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Responsabilidad

Es una verdad por todos asumida, que somos responsables de nuestras palabras y de los actos que reconocemos como propios. Muchas veces el entusiasmo de la juventud, otras el descuido, hacen que nuestras acciones desencadenen en el descreimiento colectivo. Muy peligroso para nuestro deporte.

En estos días recibí en mi mesa de trabajo una muy agradable información; un equipo universitario se alistaba para realizar una gira, a nuestro vecino país, Argentina. Un viaje simple, de poca distancia, relativamente económico, con gran apoyo logístico de parte de los senior del mismo club y muy buena disposición de parte de los dueños de casa, que al igual que nosotros, hacen todo con mucho esfuerzo, quitando horas a sus propias familias. A pocos días de realizarse el viaje, intempestivamente, el equipo universitario hace saber su no participación debido a motivos variados, poco claros y si se quiere irresponsables. Motivos, según nuestro análisis: poca cohesión de equipo, nulo respaldo económico de la directiva, objetivos deportivos ubicados en segundo orden (entendible, son estudiantes), en fin, serios problemas que nos hacen ver la fragilidad de algunos clubes de nuestro país.

Responsabilidad. Qué papel nos cabe a quienes, por nuestra edad, nos corresponde dirigir clubes? Es seguro que jóvenes universitarios practique rugby sin una estructura mínima? Es reponsabilidad de las asociaciones admitir equipos o clubes que no demuestren requerimientos mínimos para denominarse como tales?
Responsabilidad es la respuesta. Todos tenemos una cuota de responsabilidad en esta situación que es reiterada en varios clubes y de lo cual preferimos no hablar.

Nuevamente, y es nuestro espejo natural, me remito a una pequeña nota de nuestro amigo Jorge Búsico en Argentina y a un comunicado del responsable mayor del rugby trasandino, la UAR; son muestras de responsabilidad que debemos tomar, comunicar y legislar nuestro deporte:

Trapo-Medidas
29 de Agosto, 2009
Empecemos por la mejor noticia: Felipe Gutiérrez O’Farrell, el fullback de CUBA que hace tres semanas sufrió una seria lesión cervical, ayer se pudo levantar y caminar, lo que hace prever que su recuperación será satisfactoria. Desde el lunes se encuentra realizando la rehabilitación en la sede de FLENI, en Escobar, tras dos operaciones en las quinta y sexta vértebras cervicales. El rugby hace el aguante físico y virtual, con varios grupos que se han generado en la red social Facebook en apoyo al Trapo.

Sigamos con otra buena noticia. La UAR decidió ayer que la situación del juego squeeze ball, conocida domésticamente como la “casita”, se prohiba en todo el país a partir del próximo martes. Lo hace de manera “preventiva y provisoria” hasta recibir la aprobaciónd definitiva del IRB, según reza el parte de prensa. Esa misma medida la había tomado la URBA, poniéndola en práctica desde el pasado fin de semana.

Al mismo tiempo, la UAR instruyó a los árbitros para que hagan cumplir estrictamente las reglas del juego, y para ello hasta difundió las acciones que más lesiones están generando en los últimos tiempos.

Aunque lamentablemente se haya tenido que esperar a otra lesión seria para reflexionar y actuar sobre un tema tan importante, desde este blog se celebra que, al fin, se haya puesto el ojo en un aspecto vital de la prevención, como es el cuidado de los jugadores adentro de la cancha.

Como también han comentado con criterio, amplitud y acierto varios lectores en este blog, el ojo no debe estar sólo en los árbitros, sino en todos los actores del juego. De hecho, sobre todo en juveniles, se observan numerosas infracciones a las reglas y distintos criterios para aplicarlas y sancionarlas.

Es hora que el rugby argentino unifique este situación vital.

UAR
Prohibición de “squeeze ball” a Divisiones Mayores

La Unión Argentina de Rugby informa que a partir del 1º de septiembre de 2009 se extiende la prohibición que rige para divisiones juveniles desde el año 2003, sobre la acción conocida como “squeeze ball”, a DIVISIONES MAYORES, priorizando la seguridad de los jugadores de todas las divisiones en el ámbito de nuestra Unión. Tal determinación se toma en forma preventiva y provisoria, hasta obtener la aprobación definitiva por parte de la IRB para nuestro rugby doméstico

Además, se ha solicitado a las Uniones Provinciales que le encomienden a sus referees, el estricto cumplimiento de las Leyes del Juego, con marcado énfasis en aquellas situaciones que hacen a la seguridad de los jugadores en las situaciones de tackle y post tackle, y en especial, en aquellas donde los jugadores tienen los hombros más bajos que la cadera, e incluso en la mayoría de los casos, la cabeza apoyada contra el piso o en un jugador que yace en el piso, en posición boca abajo, las cuales deberán ser penalizadas con puntapié penal, tal como reza el texto de la Ley.

Ley 14.2 (a) Yacer sobre o más allá de la pelota. Un jugador no debe yacer sobre, más allá o cerca de la pelota para impedir que los oponentes obtengan posesión de ella. Penalidad: Penal.
Ley 15.5 (a) Un jugador tackleado no debe yacer sobre, más allá o cerca de la pelota para impedir que los oponentes obtengan posesión de ella y debe tratar de hacer que la pelota quede disponible inmediatamente de modo que el juego pueda continuar. Penalidad: Penal.
Ley 15.5 (b) Un jugador tackleado debe inmediatamente pasar la pelota o soltarla. Ese jugador también debe levantarse o alejarse de ella enseguida. Penalidad: Penal.
Ley 15.6 (a) Después de un tackle, todos los otros jugadores deben estar sobre sus pies cuando juegan la pelota. Los jugadores están sobre sus pies si ninguna otra parte de su cuerpo está apoyada en el suelo o en jugadores en el suelo. Penalidad: Penal.

Ley 15.6
Ley 15.6 (a)

Ley 15.6 (a) Jugador que no está sobre sus pies y juega la pelota en el tackle

Ley 15.6 (h) Después de un tackle, cualquier jugador que yace en el suelo no debe impedir que un oponente obtenga posesión de la pelota. Penalidad: Penal.
Ley 15.7 (c) Ningún jugador debe caer sobre o más allá del jugador tackleado. Penalidad: Penal.

Ley 15.7 (c) Ningún jugador debe caer sobre o más allá del jugador tackleado

Ley 15.7 (c)
Ley 15.7 (c)

Ley 15.7 (d) Ningún jugador debe caer sobre o más allá de los jugadores que yacen en el suelo después de un tackle con la pelota entre ellos o cerca de ellos. Penalidad: Penal.
Ley 16.2 (a) Todos los jugadores formando, incorporándose o participando de un ruck no deben tener sus cabezas y hombros más bajos que sus caderas. Penalidad: Free Kick.
Ley 16.2 (b) Un jugador incorporándose a un ruck debe asirse al ruck con por lo menos un brazo alrededor del cuerpo de un compañero, usando todo el brazo. Penalidad: Penal.
Ley 16.2 (d) Todos los jugadores formando, incorporándose o participando de un ruck deben estar sobre sus pies. Penalidad: Penal.

Por otro lado, es importante mencionar que se constituirá un Equipo de Trabajo especial que en el lapso de 20 días deberá brindar al Consejo Directivo de la U.A.R. un informe que se elevará a la IRB con los elementos respaldatorios de esta decisión y aquellos que permitan considerar se determine la misma en forma definitiva.

Finalmente, se informa que la próxima semana se enviará a todas las Uniones Provinciales, un DVD con imágenes bien claras sobre todo lo anteriormente descripto; el cual será difundido a todos los clubes y a los referees de las respectivas uniones.

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Un Comentario

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